¿Qué cambió en la Modalidad 40 del IMSS? A quiénes y cómo afecta al dinero que recibiré cuando me pensione
Modalidad 40 del IMSS cambia este 22 de octubre de 2026: quiénes serán afectados y cómo podría modificarse el monto de su pensión
Ante los recientes cambios y anuncios del IMSS sobre la Modalidad 40, han surgido dudas entre quienes realizan aportaciones por su cuenta o planean hacerlo para mejorar su futura pensión.
En Ovaciones te explicamos en qué consisten las nuevas disposiciones y a quiénes afectarán.
¿Qué es la Modalidad 40?
La Modalidad 40, cuyo nombre oficial es Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, permite que las personas que dejaron de trabajar para un patrón sigan cotizando al IMSS mediante pagos por cuenta propia.
Así pueden sumar semanas y, dependiendo de su régimen pensionario, salario e historial de cotización, mejorar su futura pensión.
Asimismo, es importante remarcar que esta modalidad no incluye atención médica; esa cobertura debe obtenerse mediante otro esquema.
El 21 de octubre de 2026, el IMSS publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo que establece medidas temporales mientras analiza el efecto financiero de esta modalidad, por lo que su entrada en vigor será el jueves 22 de octubre, el día hábil siguiente a su publicación.
La Modalidad 40 continuará disponible, aunque habrá ajustes para nuevas incorporaciones y para quienes concluyan su periodo contratado.
#Modalidad40 no desaparece. Quienes ya están inscritos conservarán sus semanas cotizadas, aportaciones y condiciones de incorporación. Para nuevas inscripciones, se actualizan las reglas para fortalecer la transparencia y proteger los derechos pensionarios. https://t.co/bguZYk7klH
— IMSS (@Tu_IMSS) October 21, 2026
Modalidad 40: los cambios en salario, inscripción y retroactividad
El acuerdo modifica aspectos que conviene revisar antes de hacer cuentas para el retiro:
1. El salario de cotización tendrá un margen más limitado
La base estará vinculada al último salario registrado al dejar el empleo formal y podrá llegar, como máximo, a ese importe más una Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Por lo que el último sueldo registrado ante el IMSS será la referencia para determinar con cuánto podrás cotizar.
El importe tampoco podrá quedar por debajo del salario mínimo general vigente para el resto del país.
2. Las nuevas altas comenzarán desde la solicitud
El documento establece que los nuevos aseguramientos se realizarán “exclusivamente a partir de la fecha de la solicitud”.
Esto significa que, para esas incorporaciones, no se podrá elegir una fecha anterior para cubrir meses pasados mediante pagos retroactivos.
3. La inscripción será mediante mecanismos digitales
El acuerdo ordena adecuar los sistemas para que el registro se efectúe únicamente por vías digitales. También dispone crear un canal para revisar casos especiales relacionados con su implementación.
4. No podrá combinarse con el aseguramiento como trabajador independiente
Quienes estén inscritos o se incorporen al esquema para personas trabajadoras independientes señalado en el acuerdo no podrán contratar simultáneamente la Modalidad 40.
El esquema para independientes sí contempla prestaciones del Seguro de Enfermedades y Maternidad.
Estas disposiciones forman parte de las medidas temporales incluidas en el acuerdo proporcionado.
¿A quiénes afectarán las nuevas reglas de la Modalidad 40?
Los ajustes alcanzarán principalmente a quienes soliciten una nueva inscripción y a las personas cuyo periodo contratado concluya y busquen incorporarse nuevamente.
Para quienes ya estén inscritos cuando entre en vigor el acuerdo, las condiciones actuales se mantendrán hasta terminar el periodo que tengan contratado.
Además, conservarán el reconocimiento de sus “semanas y salarios cotizados efectivamente pagados”, que seguirán contando para calcular sus derechos pensionarios futuros.
Esa protección no significa que las condiciones actuales se mantengan indefinidamente después del periodo contratado.
¿Cuánto durarán las medidas de la Modalidad 40?
El IMSS instruyó realizar un análisis financiero en un plazo máximo de seis meses desde la emisión del acuerdo.
Con esos resultados, el Consejo Técnico determinará la continuidad de la medida temporal.
Después de recibir el análisis, la Dirección Jurídica tendrá otros seis meses para coordinar una propuesta de modificaciones normativas.
El objetivo expresado en el documento es que el esquema resulte viable a mediano y largo plazo; no se establece una fecha automática para regresar a las condiciones anteriores.
Con información de Sonia Barrón en Ovaciones.