Caso Vicente: ¿Qué es el homicidio por omisión con dolo eventual? El delito que enfrenta Roxana “N”

Metzli Escalante 7 mayo, 2026

De un “olvido” a una acusación de homicidio: así se construyó el caso contra Roxana “N” por la muerte de Vicente

 ©Especial. - Roxana “N”.

La muerte de Vicente Meza Ramírez, un niño de apenas tres años que permaneció más de 12 horas dentro de una camioneta bajo temperaturas extremas en Mexicali, no solo estremeció a Baja California, sino que abrió uno de los debates jurídicos más delicados en México: ¿cuándo un “descuido” puede convertirse en homicidio?

La Fiscalía General del Estado sostiene que el caso no debe investigarse como un accidente doméstico ni como una simple negligencia. Para las autoridades, Roxana “N”, madre del menor, habría sido consciente del riesgo mortal que corría su hijo y, aun así, omitió actuar. Por eso fue imputada por homicidio en comisión por omisión con dolo eventual, una figura penal compleja que podría agravarse hasta alcanzar una pena de 50 años de prisión.

La noche en que Vicente quedó encerrado

De acuerdo con la reconstrucción presentada por el Ministerio Público, los hechos comenzaron la noche del 1 de mayo.

Roxana “N” acudió a una reunión familiar acompañada de Vicente. Durante el convivio consumió bebidas alcohólicas y, cerca de las 23:00 horas, regresó a su domicilio en el fraccionamiento La Rioja Sección Castilla, en Mexicali, a bordo de una camioneta Captiva negra modelo 2022.

El menor viajaba dormido en su silla de seguridad, colocada en el asiento trasero.

La Fiscalía sostiene que, al llegar a casa, Roxana descendió del vehículo e ingresó sola a la vivienda. Aunque presuntamente encendió el boiler con intención de bañar al niño, nunca volvió por él.

En cambio, según los datos expuestos en audiencia, se bañó, continuó consumiendo alcohol y permaneció activa en redes sociales durante la madrugada.

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Una muerte lenta bajo temperaturas extremas

Mientras Roxana permanecía dentro de la vivienda, Vicente seguía inmovilizado en su silla infantil.

Los peritajes señalan que la temperatura al interior de la camioneta pudo superar los 45 grados centígrados. El niño permaneció encerrado desde aproximadamente las 23:30 horas hasta el mediodía del día siguiente.

La necropsia practicada por el Servicio Médico Forense reveló quemaduras de primer grado en muslos y antebrazos, además de signos de exposición prolongada al calor extremo.

“Se concluye como causa final de fallecimiento golpe de calor”, informó César Raúl González Vaca, titular del Semefo de Mexicali.

Según la investigación, Roxana “N” salió a buscar al menor hasta alrededor de las 12:30 horas del 2 de mayo. Primero revisó la casa y después acudió a la camioneta, donde encontró a Vicente sin vida.

¿Qué significa homicidio en comisión por omisión con dolo eventual?

La figura jurídica que enfrenta Roxana “N” combina tres elementos legales:

  • Existe una muerte: el homicidio.

  • La persona tenía obligación legal de evitarla y no actuó: comisión por omisión.

  • Sabía que podía ocurrir el resultado y aun así aceptó el riesgo: dolo eventual.

En términos legales, la Fiscalía sostiene que Roxana no mató activamente al menor, pero sí incumplió su deber jurídico de protegerlo.

Aquí entra el concepto de “posición de garante”, utilizado en derecho penal mexicano. Los padres tienen la obligación legal de cuidar y proteger a sus hijos menores. Si omiten actuar y esa omisión provoca la muerte, pueden ser responsables penalmente como si hubieran ejecutado directamente el hecho.

La discusión central está en el dolo eventual.

La Fiscalía argumenta que no se trató de un simple olvido ni de un accidente, sino de una conducta en la que la madre previó la posibilidad de que el niño muriera y aun así continuó con sus actividades.

La fiscal María Elena Andrade comparó el caso con conducir en estado de ebriedad: quizá la persona no desea matar a alguien, pero sabe que existe la posibilidad y decide actuar de todos modos.

La diferencia entre homicidio culposo y dolo eventual

La diferencia jurídica es determinante.

  • Un homicidio culposo implica negligencia o descuido sin intención ni aceptación del resultado.

  • El dolo eventual implica prever el riesgo mortal y continuar actuando pese a ello.

Por esa razón, el caso de Vicente no está siendo tratado únicamente como una omisión imprudente.

Actualmente, Roxana “N” enfrenta prisión preventiva mientras continúa el proceso penal.

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La pena podría aumentar hasta 50 años

En esta primera etapa, la imputación contempla penas de entre ocho y 15 años de prisión.

Sin embargo, la fiscal María Elena Andrade advirtió que el delito podría agravarse conforme avance la investigación.

“Vamos con todo el peso de la ley y con todo el poder del Estado”, declaró.

La funcionaria explicó que, si aparecen nuevas pruebas o agravantes, la sanción podría aumentar hasta 50 años de prisión, como lo permite la legislación estatal en casos considerados de mayor gravedad.

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