¿Te deben pagar doble por trabajar el 15 de septiembre? Esto dice la Ley Federal del Trabajo
El próximo 1 de septiembre de 2026, la presidenta Claudia Sheinbaum presentará su Segundo Informe de Gobierno
Se acercan los últimos meses del año, por lo que miles de personas han comenzado a prepararse para las diversas festividades. En el mes de septiembre se conmemorará la Independencia de México, por lo que algunas personas tendrán la oportunidad de descansar.
El miércoles 16 de septiembre, muchas personas no asistirán a trabajar; no obstante, hay quienes deberán presentarse en su respectivo centro laboral. En estos casos, deberán recibir un pago distinto, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
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Imagina no trabajar en tu cumpleaños… o cobrar el doble si te toca hacerlo.
— Guillermo Ortega Ruiz (@GOrtegaRuiz) January 8, 2026
Esa es la nueva propuesta de Morena. ¿Qué opinas: descanso obligatorio o extra en el bolsillo? pic.twitter.com/lIw8aePB7g
¿Cuánto pagarme si trabajo el 16 de septiembre?
De acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo en los artículos 74 y 75, el miércoles 16 de septiembre está marcado como día de descanso obligatorio, por lo que se considera un día feriado oficial.
Sin embargo, algunas empresas y servicios requieren que su personal acuda a laborar, ya que sus actividades lo demandan. En estos casos, es importante que los trabajadores conozcan cuánto deben recibir de pago.
Por esta razón, las personas que laboren el 16 de septiembre deberán recibir su salario normal más el doble, es decir, salario triple, por tratarse de un día de descanso obligatorio trabajado.
Los siguientes días de descanso obligatorio
Los días de descanso obligatorio están por terminar, pues solo quedan tres:
16 de septiembre
Tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre
25 de diciembre
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¿Debo trabajar el 1 de septiembre?
El próximo 1 de septiembre de 2026, la presidenta Claudia Sheinbaum presentará su Segundo Informe de Gobierno, por lo que miles de mexicanos se preguntan si deberán trabajar o no.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el 1 de septiembre no está contemplado como día de descanso obligatorio. Mientras que, si deben trabajar, no deberán recibir un pago doble.
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