Diputados aprueban anexión de la Guardia Nacional a la Sedena
Los Diputados aprobaron en lo general, con 362 votos a favor, 131 en contra y cero abstenciones, el dictamen
Desde la creación de la Guardia Nacional por el presidente Andrés Manuel López Obrador, se inició un debate sobre si sería la agencia de seguridad que el país necesitaba, luego de que el mandatario expresara su deseo de que se uniera a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) la polémica giró en torno a posible militarización del país y las implicaciones que esto tendría. Ahora, la anexión es un hecho.
Este jueves 19 de septiembre, la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con la mayoría calificada de 362 votos a favor, 131 en contra y cero el dictamen por el cual se reforman 12 artículos de la Constitución Política, a fin de que la Guardia Nacional pase a formar parte de la Sedena.
EN VIVO / Sesión Ordinaria del 19 de septiembre de 2024 https://t.co/K1UUE7NQBE
— H. Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) September 19, 2024
El documento establece que la Federación “contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar y marino con formación policial, dependiente de la Secretaría del ramo de Defensa Nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia”.
En funciones de la presidencia de la Mesa Directiva, el diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (Morena) indicó que para la discusión en lo particular se presentaron diversas propuestas de modificación a los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 del proyecto de decreto, así como a los transitorios Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo y Octavo.
Aseguró que es una propuesta que amplía la jurisdicción de la Guardia Nacional y, a su vez, este cuerpo pase a formar parte de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), con el fin de ejecutar la estrategia de seguridad pública.
Los beneficios ofrecidos
De acuerdo con el diputado orador, esta reforma faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, la Armada de México y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.
Además, abundó, para ratificar nombramientos de jefes superiores de la Guardia Nacional que él o la titular del Poder Ejecutivo hagan.
El dictamen señala en los artículos transitorios un plazo de 180 días siguientes a la entrada en vigor del decreto, para que el Congreso de la Unión armonice el marco jurídico en la materia. Mientras tanto, la organización y funcionamiento de la Guardia Nacional continuará operando con apego a las disposiciones legales vigentes antes de la entrada en vigor del presente decreto.
Menciona que el personal militar y naval que integra la Guardia Nacional será reclasificado de la Fuerza Armada a la que pertenezca a dicha Guardia Nacional; la nueva patente o nombramiento se expedirá con la antigüedad que posea el interesado en su grado, conforme a la escala jerárquica del Ejército y Fuerza Aérea, adicionando su nueva especialidad. Deben respetarse en todo momento los derechos que posea el interesado en la Fuerza Armada de su origen.
La persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional, que debe ostentar el grado de general de División de la Guardia Nacional en activo, será designada por la persona titular de la Presidencia de la República, a propuesta de la persona titular de la Sedena.
¿Militarización del país?
En tanto no exista personal con formación de Guardia Nacional con la mencionada jerarquía, dicha designación recaerá en un general de División del Ejército, capacitado en materia de seguridad pública.
Además, el Ejecutivo Federal dispondrá lo conducente para que el personal procedente de la extinta Policía Federal cese de prestar sus servicios en la Guardia Nacional y quede adscrito a la Secretaría del ramo de Seguridad Pública, conservando sus derechos laborales adquiridos.
El personal que pertenezca a los organismos especializados podrá continuar prestando sus servicios en la Guardia Nacional de manera temporal conforme a los convenios de colaboración que para tal efecto se formalicen entre las secretarías de la Defensa Nacional y de Seguridad y Protección Ciudadana.
Se transferirán a la Sedena los recursos presupuestarios y financieros que correspondan para cubrir las erogaciones por concepto de servicios personales de la última plantilla general de plazas aprobada a la extinta Policía Federal y de confianza, así como los gastos de operación de la Guardia Nacional y los recursos materiales destinados a su operación, con excepción de aquellos requeridos para el personal que continuará bajo la adscripción de la Secretaría del ramo de Seguridad Pública.
El dictamen, que ahora será discutido en lo particular en el pleno de la Cámara baja y luego pasará a la Cámara de Senadores para su discusión y aprobación, fue criticado por la oposición y algunos organismos por advertir que se lleva a cabo una militarización de todos los ámbitos del país.
Lo anterior, al modificar el artículo 129 de la Constitución, que ahora limita las funciones militares en tiempos de paz, una norma que no se ha cambiado desde 1857.
Asimismo, cambia el artículo 21 para eliminar la "garantía orgánica" que obliga a que las instituciones de Seguridad Pública sean de carácter civil.
Con información de EFE y Cámara de Diputados