Corte Suprema frena orden de Trump para limitar ciudadanía por nacimiento en EE.UU.

Anahlin Rosales 30 junio, 2026

La Corte Suprema de Estados Unidos rechazó la orden ejecutiva de Donald Trump que buscaba negar la ciudadanía automática a hijos de padres sin estatus legal o con estancia temporal

 ©X: The White House - Corte Suprema frena orden de Trump.

La Corte Suprema de Estados Unidos rechazó la orden ejecutiva del presidente Donald Trump que buscaba limitar la ciudadanía por derecho de nacimiento para hijos de personas sin estatus legal o con presencia temporal en el país. La resolución, emitida este 30 de junio de 2026, confirma que los niños nacidos en territorio estadounidense bajo esas condiciones son ciudadanos desde su nacimiento.

El caso llegó al máximo tribunal bajo el expediente Trump v. Barbara, después de que familias afectadas impugnaron la medida presidencial. La orden ejecutiva 14160, titulada Protecting the Meaning and Value of American Citizenship, fue firmada el 20 de enero de 2025 y planteaba que ciertos niños nacidos en Estados Unidos no estaban “sujetos a la jurisdicción” del país, por lo que no tendrían derecho automático a la ciudadanía.

Qué pasó con la orden de Trump

La orden de Trump instruía a las agencias federales a no reconocer como ciudadanos estadounidenses a niños nacidos en Estados Unidos cuando la madre estuviera en el país sin autorización o con estancia temporal, y el padre no fuera ciudadano ni residente permanente legal. Ese planteamiento chocó con la Enmienda 14, que reconoce como ciudadanos a quienes nacen o se naturalizan en Estados Unidos y están sujetos a su jurisdicción.

El tribunal confirmó la decisión del juzgado federal de Nuevo Hampshire, que había bloqueado de forma preliminar la aplicación de la orden y certificado una clase nacional de niños que habrían perdido el reconocimiento de ciudadanía bajo esa política. La Corte Suprema mantuvo ese bloqueo y dejó sin efecto la vía elegida por el gobierno para redefinir el alcance de la ciudadanía por nacimiento.

Las claves del fallo sobre ciudadanía por nacimiento

La mayoría de la Corte sostuvo que los niños nacidos en Estados Unidos de padres presentes de forma temporal o sin autorización sí están “sujetos a la jurisdicción” del país. Con esa interpretación, cumplen los dos elementos de la cláusula constitucional: nacer en territorio estadounidense y quedar bajo la autoridad legal de Estados Unidos.

 ©Truth Social - Fallo protege ciudadanía por nacimiento.

El presidente de la Corte, John Roberts, redactó la opinión principal, apoyada por las juezas Sonia Sotomayor, Elena Kagan, Amy Coney Barrett y Ketanji Brown Jackson. El fallo también retomó el precedente de United States v. Wong Kim Ark, de 1898, como base para sostener que la ciudadanía por nacimiento no puede restringirse con una lectura basada en el estatus migratorio de los padres.

Lo que no logró probar el gobierno

Uno de los argumentos centrales del gobierno fue que la ciudadanía por nacimiento debía depender de una conexión más permanente con Estados Unidos, como el domicilio o la residencia legal de los padres. La mayoría rechazó esa lectura porque la Enmienda 14 no contiene palabras como “madre”, “padre”, “legal” o “temporal”, términos que sí aparecían en la orden presidencial.

La Corte también descartó que el precedente de Wong Kim Ark pudiera reducirse a un requisito de domicilio. La opinión mayoritaria planteó que la historia y el texto de la cláusula de ciudadanía no muestran que quienes ratificaron la Enmienda 14 buscaran imponer una limitación basada en la permanencia legal de los padres.

Qué cambia para hijos de migrantes nacidos en Estados Unidos

El fallo mantiene la protección para niños nacidos en Estados Unidos de padres sin ciudadanía, sin residencia permanente o con permisos temporales. En términos prácticos, el gobierno federal no puede negarles la ciudadanía automática bajo la orden ejecutiva de Trump.

La resolución representa una derrota para una de las medidas migratorias más fuertes del segundo mandato de Donald Trump. El tema había provocado incertidumbre entre familias migrantes porque la orden buscaba cambiar una interpretación constitucional que durante décadas ha reconocido la ciudadanía por nacimiento con excepciones muy limitadas, como hijos de diplomáticos extranjeros.

La decisión deja firme el bloqueo contra la orden ejecutiva y devuelve el foco al margen real del presidente para modificar derechos constitucionales mediante una instrucción administrativa. Cualquier intento de cambiar la ciudadanía por nacimiento enfrentaría el límite de la Enmienda 14 y del precedente que la Corte acaba de reafirmar.

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