Ellos son los choferes de Uber que tendrán derechos laborales, NO son todos
Uber manifestó su desacuerdo con la iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum
La publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en México que marca un hito en la protección de los derechos laborales de los conductores y repartidores de aplicaciones como Uber, DiDi y Rappi, establece que dichos trabajadores sean considerados como empleados formales, lo que les otorga un acceso a una serie de prestaciones y derechos que antes no tenían.
¿Cuáles son sus nuevos derechos?
Seguro Médico del IMSS: Tendrán acceso al Seguro Social, lo que les permitirá recibir atención médica, medicamentos y otros beneficios que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Indemnización: En caso de despido, los trabajadores tendrán derecho a una indemnización equivalente a tres meses de salario y veinte días de salario por cada año de servicio, lo que les brinda una mayor seguridad económica.
Participación en Utilidades: Podrán participar en las utilidades de la empresa si trabajan más de 288 horas anuales, lo que les permitirá beneficiarse del éxito financiero de las plataformas para las que trabajan.
Flexibilidad laboral: Aunque el trabajo sigue siendo flexible y discontinuo, los trabajadores poseerán más estabilidad y protección legal.
Los administradores de las plataformas digitales serán responsables de realizar el pago por el aseguramiento en el régimen del seguro social cuando ocurra un riesgo de trabajo durante el tiempo efectivamente laborado.
Esto significa que las empresas deberán asumir un papel más activo en la protección de sus trabajadores, asegurando que estén cubiertos en caso de accidentes o enfermedades relacionadas con su trabajo.
¿Quiénes SÍ tendrán estos derechos?
El proyecto fue elaborado por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) para proteger a la fuerza de trabajo llamada "independiente" en Uber, Rappi y Didi. Son 658 mil los trabajadores repartidores de plataformas digitales en el país, según datos del Servicio de Admiración Tributaria, y serán los beneficiarios por esta reforma.
De este grupo, el 41%, equivalente a 272 mil personas, logran ingresos equivalentes o superiores a un salario mínimo mensual en la Ciudad de México (CDMX). Lo que da idea a que sea su fuente de ingresos principal o única.
De esta forma, serán estos trabajadores de plataformas digitales quienes, sin importar el tiempo efectivo trabajando, podrán alcanzar estos derechos.
¿Quiénes NO podrán acceder?
Seguirán considerados como independientes quienes no alcancen esta percepción de salario mínimo, marcada en la ley.
Además, el documento establece que si un trabajador deja de laborar por 30 días naturales de forma consecutiva se dará por terminada la relación laboral y no procederá la indemnización.
Las plataformas digitales podrán despedir a un trabajador sin obligación a reinstalarlo a menos que se trate de la violación a derechos colectivos, tales como la libertad de asociación, autonomía sindical, el derecho de huelga y de contratación colectiva.
¿Cuándo entra el vigor el decreto?
El decreto será efectivo hasta el 22 de junio de 2025, es decir, 180 días después de su publicación en el DOF.
Luego de cinco días de la entrada en vigor, el IMSS deberá establecer reglas para la prueba piloto de participación obligatoria para el aseguramiento de las personas trabajadoras de plataformas digitales.
¿Cuál es la postura de Uber?
La empresa de transporte Uber manifestó su desacuerdo con la iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum, que busca ofrecer seguridad social a los repartidores de plataformas digitales. Según Nicolás Sánchez, director de asuntos públicos de Uber México, la propuesta es insostenible, pues el 70% de los conductores utilizan la plataforma por menos de 10 horas a la semana.
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