Este documento deja de ser identificación oficial en México

Anahlin Rosales 20 febrero, 2026

Una modificación normativa publicada por la Secretaría de Educación Pública redefine el uso de uno de los documentos más utilizados por profesionistas en el país

 ©Especial - Aunque la cédula pierde su carácter identificatorio, diversos documentos continúan siendo válidos para trámites oficiales.

Una reciente modificación normativa publicada en el Diario Oficial de la Federación redefinió el alcance de uno de los documentos más utilizados por profesionistas en México. A partir de este cambio, dejará de tener validez como identificación oficial ante autoridades y en diversos trámites administrativos, lo que obligará a ajustar procedimientos en instituciones públicas y privadas.

La medida fue emitida por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y establece que todas las autoridades deberán modificar sus lineamientos para dejar de aceptar este documento como medio para acreditar identidad. El objetivo es unificar los criterios de identificación oficial y fortalecer el uso de herramientas reconocidas dentro del sistema nacional de población.

El fundamento legal de esta decisión se basa en el derecho constitucional a la identidad y en la legislación que asigna a la Secretaría de Gobernación la responsabilidad de acreditar la identidad de las personas a través del Registro Nacional de Población. Dentro de este esquema, la Clave Única de Registro de Población (CURP), especialmente en su versión con datos biométricos, se posiciona como el documento de identidad de aceptación obligatoria en todo el país.

El ajuste redefine la forma de acreditar identidad en el país

Se trata de la cédula profesional, que en formato físico o digital dejará de ser reconocida como identificación oficial. La SEP precisó que la Dirección General de Profesiones continuará emitiendo este documento, pero su función quedará limitada a certificar la habilitación profesional de las y los egresados.

La modificación no elimina el documento ni su obligatoriedad en el ámbito profesional, pero sí delimita su alcance; a partir de ahora, únicamente servirá como constancia oficial de que una persona cuenta con autorización legal para ejercer una profesión, sin que pueda utilizarse para acreditar identidad en trámites administrativos, bancarios o legales.

 ©SEP - La modificación no elimina la cédula profesional ni su obligatoriedad para ejercer, sino que delimita su alcance legal.

En adelante, quienes requieran identificarse deberán presentar otros documentos reconocidos oficialmente, como la credencial para votar, el pasaporte o la cartilla del Servicio Militar Nacional. A su vez, podrán aceptarse licencias de conducir, credenciales del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores y documentos migratorios emitidos por el Instituto Nacional de Migración.

El ajuste busca estandarizar la acreditación de identidad en México y reforzar el uso de la CURP biométrica como documento principal, mientras la cédula profesional mantiene su vigencia únicamente como respaldo para el ejercicio de una profesión.

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