Otro revés a Reforma Judicial; jueza federal emite suspensión que frena remoción de jueces y magistrados
Una jueza federal emitió una suspensión que frena los efectos de la reciente Reforma Judicial, estableciendo doce puntos clave
Tras la aprobación de la polémica Reforma Judicial propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), los amparos e impugnaciones han aparecido por todo el país, ahora una jueza federal del estado de Nuevo León dictó una nueva suspensión contra dicha reforma.
Con ella se busca impedir que la Cámara de Senadores emita la convocatoria para comenzar la elección de jueces y magistrados federales, mientras que a la Judicatura se le prohíbe la entrega de la lista de vacantes en juzgados de Distrito y tribunales de Circuito.
La orden dictada por la Jueza Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, Andrea Génesis Alarcón Cortés, impide también la desaparición de los fideicomisos del Poder Judicial y la remoción de una decena de jueces y magistrados federales, quienes presentaron un juicio de amparo para impugnar la entrada en vigor de la reforma judicial.
Esta nueva suspensión se diferencia de las anteriores debido a que contempla 12 aspectos contra la Reforma Judicial decretada el pasado 15 de septiembre por el presidente López Obrador, quien se hizo acompañar de la próxima mandataria, Claudia Sheinbaum Pardo al firmarla.
Los 12 puntos de la nueva suspensión
La reciente suspensión otorgada en el marco de la controversia constitucional sobre la reforma judicial ha generado un amplio debate. Esta medida cautelar, emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), establece doce efectos concretos que protegen a los jueces, magistrados y personal del Poder Judicial de la Federación. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de la resolución:
Protección contra la reforma: No se aplicará el decreto que modifica diversas disposiciones de la Constitución Federal a la parte quejosa, lo que implica que estos jueces no estarán sujetos a las nuevas disposiciones.
Detención del proceso en el Senado: Se ordena que el Senado de la República no emita la convocatoria para la elección extraordinaria de nuevos cargos en el Poder Judicial en el plazo establecido por el Decreto.
Limitación de información: El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) no deberá entregar al Senado información sobre las vacantes, renuncias o retiros programados de jueces, ni otros datos solicitados.
Inamovilidad de jueces: Ninguna autoridad podrá remover de sus funciones a los jueces y magistrados durante la vigencia de la suspensión.
Freno a la selección de magistrados: No podrán ser seleccionados nuevos magistrados para integrar el Tribunal de Disciplina Judicial, lo que significa que el CJF seguirá operando según la normativa vigente.
Protección de sueldos: Las remuneraciones de los jueces no podrán ser reducidas a un monto inferior al que recibe el Presidente de la República, garantizando que se mantengan sus sueldos actuales.
Pensión garantizada: Las pensiones de los jueces retirados y sus beneficiarios no podrán ser suprimidas, reducidas o retenidas.
Conservación de fondos: No se extinguirán los fondos y fideicomisos del Poder Judicial, ni se transferirán sus remanentes a la Tesorería de la Federación, como estipula la reforma.
Exclusión de ciertas obligaciones: Los jueces no estarán obligados a resolver juicios fiscales en seis meses, ni enfrentarán sanciones por ello.
Apoyo a inmuebles: No se suspenderán los contratos de arrendamiento de los inmuebles ocupados por los jueces ni el apoyo económico para cubrir las rentas.
Abstención de efectos: Las autoridades deberán abstenerse de aplicar cualquier efecto derivado de la reforma impugnada hasta que se resuelva el fondo del asunto.
Respeto en el discurso público: Finalmente, las autoridades deberán dirigirse con respeto en los mensajes públicos hacia los jueces, dado su alto grado de credibilidad ante la sociedad.