Por ser morenos: AUDIO de Strana reaviva denuncias que exhiben qué pasa en antros de San Pedro Garza

Paola Monge 18 septiembre, 2026

Strana, antro en San Pedro Garza García se encuentra en polémica por un audio: ¿qué dice?

 ©Especial - Strana en el centro de la polémica

En los últimos días, el nombre del centro nocturno Strana, ubicado en San Pedro Garza García, Nuevo León, se encuentra en medio de la polémica, luego de que se diera a conocer un audio en el que un presunto integrante del equipo de relaciones públicas le explica a una persona las “reglas” establecidas por el lugar.

No obstante, estas han causado gran indignación, pues los criterios de acceso están relacionados con el tono de piel de los asistentes. Internautas han comenzado a dejar comentarios en las redes sociales oficiales del establecimiento.

Una tabla de fototipos de piel

En las imágenes compartidas en redes sociales se muestra una conversación de WhatsApp entre el RP de Strana y la persona que espera asistir con un grupo de amigos, esta última debe señalar cuántas personas tienen planeado asistir y el tono de piel de cada uno.

El hombre adjunta una imagen de una tabla con 66 tonos de piel. Según él, es algo que le piden “los de arriba”; si cumplen los requisitos, pueden pasar.

 ©Redes sociales - Captura de pantalla

El audio: ¿quiénes pueden entrar?

Por otro lado, se comparte un audio. En la grabación, el RP advierte que, si en el grupo de amigos hay una mujer u hombre que sea de piel morena o negra, no podrá pasar.

“Yo sé que suena muy mal, suena muy rac*sta porque sí lo es, es muy rac*sta de parte de la empresa, pero así son las cosas aquí en Strana. En sábado no entran personas que no sean blancas”.

Este audio puso en evidencia las reglas de acceso en los antros del país, no solo de Strana, pues, según han denunciado diversas personas, esto ocurre en diversos establecimientos.

¿Es legal?

No. De acuerdo con el artículo 16 Bis de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Nuevo León, los establecimientos mercantiles tienen prohibido negar, excluir o distinguir el acceso o prestación del servicio a cualquier persona o colectivo social por su origen étnico, nacional, raza o color de piel, etc.

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