¿Trabajas el lunes 2 de febrero? Esto es lo que deben pagarte
Los niños disfrutarán de un megapuente para cerrar el mes de enero
El primer mes del año está por llegar a su fin, lo que significa que febrero está muy cerca y con él un megapuente para todos los alumnos de nivel básico. Sin embargo, aunque ellos disfrutarán de cuatro días de descanso, las personas que trabajen podrán gozar de otros beneficios.
El lunes 2 de febrero, muchas personas no asistirán a trabajar; no obstante, hay quienes deberán presentarse en sus centros laborales. En estos casos, recibirán un pago distinto, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
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— Guillermo Ortega Ruiz (@GOrtegaRuiz) December 3, 2025
¿Cuánto pagarme si trabajo el 2 de febrero?
De acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo en los artículos 74 y 75, el primer lunes de febrero está marcado como día de descanso obligatorio, por lo que se considera un día feriado oficial.
Sin embargo, algunas empresas y servicios requieren que su personal acuda a laborar, ya que sus actividades lo requieren. En estos casos, es importante que los trabajadores conozcan cuánto deben recibir de pago.
Este año, el 2 de febrero es considerado día feriado debido a que se recorre la conmemoración del Aniversario de la Promulgación de la Constitución Mexicana, que se celebra oficialmente el 5 de febrero.
Por esta razón, las personas que laboren ese día deberán recibir su salario normal más el doble, es decir, salario triple, por tratarse de un día de descanso obligatorio trabajado.
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Imagina no trabajar en tu cumpleaños… o cobrar el doble si te toca hacerlo.
— Guillermo Ortega Ruiz (@GOrtegaRuiz) January 8, 2026
Esa es la nueva propuesta de Morena. ¿Qué opinas: descanso obligatorio o extra en el bolsillo? pic.twitter.com/lIw8aePB7g
¿Cuáles son los siguientes días de descanso obligatorio?
Si aun no llega el primer día de descanso y quieres saber cual es el siguiente, estos son los días marcados como feriados oficiales, los cuales también deberán pagarse triple en caso de laborarse:
Tercer lunes de marzo.
1 de mayo
16 de septiembre
Tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre
25 de diciembre