Caso Doña Mari: ¿Es delito abandonar a los adultos mayores?
Los adultos mayores suelen ser vulnerables y pueden quedar desprotegidos, ¿la ley los ampara?

Desde que se dio a conocer, el caso de María de Jesús Mundo, doña Mari, conmovió a la sociedad por el abandono que sufría la adulta mayor, su muerte en una banca de la Central de Autobuses de Puebla (CAPU), fue el fin de cuatro años de sufrimiento y espera. Aunque sus familiares dijeron que era ella quien se rehusaba a vivir con ellos, surgen dudas de lo que en realidad pasó y si habrá un castigo para sus hijos.
Si bien el Código Penal Federal contempla el abandono en varios artículos, estos generalmente son referentes a los hijos y los cónyuges, aunque en el Artículo 335 se indica que “quien abandone a una persona enferma, teniendo obligación de cuidarlos, se le aplicarán de un mes a cuatro años de prisión”, lo que podría aplicarse en caso de hijos a padres.
Durante años los casos de maltrato, abandono e incluso despojos a los adultos mayores se han registrado por cientos, pues el hueco legal sobre las responsabilidades de los hijos para con los padres estaba presente, pero hace un lustro se empezó a legislar en la materia.
A nivel nacional los ancianos están protegidos en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, el Artículo Sexto cita “El Estado garantizará las condiciones óptimas de salud, educación, nutrición, vivienda, desarrollo integral y seguridad social a las personas adultas mayores con el fin de lograr plena calidad de vida para su vejez. Asimismo, deberá establecer programas para asegurar a todos los trabajadores una preparación adecuada para su retiro”.
Muere Doña Mari, la abuelita que esperó a sus hijos durante tres años en la Central Camionera de Puebla
— Rosa Lilia Torres- Noticias (@rosaliliatorrs) July 26, 2025
Una mujer de 80 años de edad falleció este pasado viernes al interior de la Central Camionera de Puebla, donde pasó los últimos tres años esperando el regreso de sus hijos… pic.twitter.com/ZW1RrVqDd8
¿Puebla castiga el abandono de adultos mayores?
Abandonar a una persona que no puede valerse por sí misma —como niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, personas enfermas o con discapacidad— es considerado un delito en el estado de Puebla, de acuerdo con el Código Penal local.
El Artículo 346 del Código establece que la persona responsable de dicho abandono, siempre que tenga la obligación de cuidado, podría enfrentar de tres meses a cinco años de prisión. Además, se le podría privar de la patria potestad o de la tutela, si ejerce alguna de estas figuras.
Por su parte, el Artículo 348 aclara que este delito se persigue a petición de la persona ofendida. Sin embargo, si se trata de menores o personas incapaces sin representación legal, el Ministerio Público puede actuar de oficio.
El Artículo 352 agrega que quien incurra en abandono de personas incapaces de valerse por sí mismas podría recibir una pena de dos meses a seis años de prisión, además de una multa de cinco a cincuenta unidades de medida y actualización (UMAS).
¿Dónde pedir ayuda?
Quienes estén en situación de abandono o conozcan a alguien afectado pueden acudir al Sistema Estatal DIF más cercano o presentar una denuncia ante la Fiscalía General del Estado de Puebla. También pueden solicitar apoyo al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM).
Las denuncias también pueden realizarse en línea a través del portal oficial de la Fiscalía. En la sección “Realizar una denuncia” se solicitarán datos personales y detalles del lugar de los hechos.
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