¿Cuánto me deben pagar por trabajar el 1 y 2 de noviembre? Lo que dice la ley
Si trabajas en estos días, ¿sabes si tienes derecho a pago extra?
El Día de Muertos, una de las festividades más representativas de México, se celebra el 1 y 2 de noviembre. Si trabajas en estos días, ¿sabes si tienes derecho a pago extra?
¿Te deben pagar el doble?
Aunque algunas empresas ofrecen estos días de descanso, el 1 y 2 de noviembre no son considerados días de asueto obligatorio según la Ley Federal del Trabajo (LFT). Por lo tanto, no se requiere un pago doble o adicional por laborar en estas fechas. Sin embargo, algunas empresas flexibilizan sus horarios, permitiendo a los empleados trabajar medio tiempo o en horarios específicos.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorios con pago doble?
En la norma del Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo se establece que los trabajadores que laboren en los días de asueto obligatorio deben recibir un descanso con goce de salario.
En caso de que se labore, tu empresa deberá pagarte tu salario normal más el doble de éste, lo que implica que en total sea el triple. Además, en este caso cae domingo, por ello también se tiene que cubrir el pago de la prima dominical, que marca el artículo 71 de esta ley.
¿Qué días de descanso obligatorio quedan en el año?
18 de noviembre (conmemoración del 20 de noviembre, Día de la Revolución Mexicana).
25 de diciembre (Navidad).
Con esta guía, podrás entender mejor tus derechos laborales durante estas fechas. ¡Que el Día de Muertos no te tome por sorpresa en tus finanzas!