Declaración anual 2025: ¿Cuánto tarda el SAT en devolver el saldo a favor?
Las autoridades pueden tardar hasta 40 días en las devoluciones automáticas

La declaración anual es un trámite obligatorio para las personas físicas en México. De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) este trámite permite a las autoridades fiscales conocer los ingresos que un trabajador ha obtenido durante el año y determinar si se deben pagar impuestos adicionales o si, por el contrario, la persona tiene un saldo a favor.
Deben hacer este trámite las personas que:
Hayan obtenido ingresos por honorarios profesionales, arrendamiento, actividad empresarial, o enajenación de bienes.
Quienes trabajaron para más de un patrón durante el año.
Si tuvieron ingresos mayores a 400 mil pesos anuales.
¿Cuánto tarda el SAT en devolver el saldo a favor?
Una vez que el contribuyente presenta su declaración anual y solicita la devolución del saldo a favor, el SAT tiene un plazo de hasta 40 días hábiles para procesar la solicitud y efectuar el depósito correspondiente. Este plazo está establecido por el Código Fiscal de la Federación y comienza a contarse a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud.
Para que el SAT procese la devolución de manera automática, es necesario que el saldo a favor sea igual o inferior a 150 mil pesos y que se cumpla con ciertos criterios:
Presentación de la declaración: Debe realizarse dentro del plazo establecido, es decir, entre el 1 y el 30 de abril de 2025.
Uso de e.firma o contraseña: Dependiendo del monto del saldo a favor, se requiere el uso de la e.firma o la contraseña del contribuyente.
Cuenta CLABE activa: Es fundamental que la cuenta CLABE proporcionada esté activa, a nombre del contribuyente y registrada correctamente en el sistema del SAT
¿En qué casos no se realiza la devolución automática?
Existen situaciones en las que el saldo a favor no puede ser devuelto automáticamente y se requiere un trámite adicional:
Saldo superior a 150,000 pesos: en este caso, el contribuyente debe presentar el Formato Electrónico de Devoluciones (FED) junto con la documentación requerida.
Ingresos por bienes en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión: si los ingresos declarados provienen de estos esquemas, se debe utilizar el FED para solicitar la devolución.
Declaración fuera de plazo.
Errores en la firma electrónica: si se presentó la declaración con contraseña cuando se requería la e.firma, el SAT puede rechazar la solicitud de devolución.
¿Por qué puede haber retrasos en la devolución del saldo a a favor?
Es importante señalar que, aunque el plazo establecido es de 40 días hábiles, este puede extenderse si el SAT detecta inconsistencias en la información proporcionada o si requiere documentación adicional. En tales casos, el contribuyente tiene un plazo de 20 días para proporcionar la información solicitada.