¿Habrá megapuente por el 1 de mayo? Esto dice la SEP y la Ley Federal del Trabajo
Pese a que el 1 de mayo es día de descanso obligatorio en México por el Día Internacional del Trabajo, es mejor que leas esto antes de preparar las maletas

Con la llegada del 1 de mayo, fecha en la que se conmemora el Día Internacional del Trabajo, miles de personas se preguntan si habrá un megapuente escolar o laboral. Según el Calendario Escolar 2024-2025 de la SEP y la Ley Federal del Trabajo (LFT), no habrá megapuente, aunque sí se contempla el descanso obligatorio el jueves 1 de mayo.
Clases según la SEP: sin megapuente
La Secretaría de Educación Pública (SEP) confirmó que el 1 de mayo no habrá clases para estudiantes de educación básica (preescolar, primaria y secundaria), pero deberán regresar a clases el viernes 2 de mayo.
Asimismo, el 30 de abril, Día del Niño, no está considerado como día de asueto, por lo que las niñas y niños asistirán con normalidad, aunque muchas escuelas realizarán convivios.
El siguiente puente para estudiantes será el lunes 5 de mayo, con motivo de la conmemoración de la Batalla de Puebla, por lo que disfrutarán de un descanso desde el sábado 3 al lunes 5 de mayo.
Para trabajadores: descanso obligatorio, pero sin megapuente
En el caso de los trabajadores, el 1 de mayo es un día de descanso obligatorio, como lo establece el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. Sin embargo, el viernes 2 de mayo es laboral, por lo que no se genera un megapuente para empleados del sector público o privado.
Quienes acudan a trabajar el 1 de mayo deberán recibir una paga doble, conforme al artículo 75 de la LFT, además de su salario diario normal.
Calendario oficial de días de descanso en 2025
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, estos son los días oficiales de descanso obligatorio en México:
1 de enero
Primer lunes de febrero (Constitución)
Tercer lunes de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
1 de mayo (Día del Trabajo)
16 de septiembre (Día de la Independencia)
Tercer lunes de noviembre (Revolución Mexicana)
25 de diciembre (Navidad)
¿Y el reparto de utilidades?
Además del tema del megapuente, es importante recordar que las empresas tienen hasta el 30 de mayo para cumplir con el reparto de utilidades 2025, salvo aquellas exentas por ley, como las de reciente creación o instituciones gubernamentales.
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