Ley de Amparo: Arturo Zaldívar sugiere a los legisladores cómo debe quedar su redacción
“No puede ser retroactiva”: la explicación de Zaldívar sobre la reforma a la Ley de Amparo

El debate en torno a la reforma a la Ley de Amparo volvió a tomar fuerza en Palacio Nacional. Arturo Zaldívar, coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia, aseguró que en este gobierno no se aprueban leyes contrarias a la Constitución. Sin embargo, reconoció que el primer artículo transitorio de la reforma genera inconsistencias que deben ser corregidas.
Durante la conferencia matutina del 3 de octubre, Zaldívar explicó que la redacción actual podría prestarse a interpretaciones erróneas sobre la aplicación retroactiva de la norma. Recordó que el artículo 14 constitucional es claro: ninguna ley puede tener efectos retroactivos en perjuicio de persona alguna.
“No estamos a favor de la retroactividad en la Ley de Amparo. De manera respetuosa sugerimos ajustes al artículo transitorio, sin cambiar su sentido. La Ley de Amparo es de carácter procesal y no puede desconocer derechos adquiridos”, subrayó el exministro.
🗣️ Arturo Zaldívar, coordinador general de Política y Gobierno, aseguró que: “no estamos a favor de ningún tipo de retroactividad” al referirse a la reforma a la Ley de Amparo. Para atender las inquietudes que ha generado el artículo transitorio, presentó una serie de… pic.twitter.com/GHeLukiUnD
— CABECERA / EL TIMBRE (@cabeceramx) October 3, 2025
El origen del debate
El 1 de octubre, el Senado aprobó el proyecto de decreto con el que se reforman y adicionan disposiciones de la Ley de Amparo. En su artículo primero transitorio, se estableció cómo aplicar las nuevas reglas a los juicios en curso. Para Zaldívar, la redacción debía dejar claro que las etapas procesales concluidas generan derechos adquiridos y no pueden ser anuladas.
Según expuso, un proceso judicial está compuesto por actos y etapas regidos por leyes procesales. Estas solo aplican a hechos ocurridos después de su entrada en vigor. Ajustar procedimientos a futuro no constituye retroactividad, siempre y cuando no se afecten derechos adquiridos.
Principio de irretroactividad
El coordinador recordó que el artículo 14 de la Constitución protege a todas las personas de leyes retroactivas. Las normas solo pueden aplicarse hacia adelante, salvo que beneficien a las y los involucrados.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sostenido en su jurisprudencia que:
Las leyes procesales, como la de Amparo, regulan juicios y procedimientos.
Se aplican únicamente a actos y etapas posteriores a su entrada en vigor.
Aplicarlas a etapas futuras no constituye retroactividad.
La sugerencia de Zaldívar
Desde Palacio Nacional, Zaldívar sugirió al Poder Legislativo modificar la redacción del artículo transitorio para incluir tres puntos clave:
La Ley de Amparo es de carácter procesal.
Las etapas procesales concluidas generan derechos adquiridos y se rigen por las normas vigentes al momento de su actuación.
Las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor de la reforma deberán regirse por las nuevas disposiciones, sin afectar derechos previamente adquiridos.
Con ello, dijo, se evitaría confusión y se protegerían suspensiones y derechos ya obtenidos en juicios en curso.
🗳️📌 Sobre el polémico transitorio de la reforma a la Ley de Amparo.
— Juan Ortiz 🗳️👁🗨 (@Juan_OrtizMX) October 3, 2025
Básicamente:
📍Crean el problema (ponen el transitorio)
📍Solucionan el problema que crearon (lo quitan)
📍Celebran que quitan "la única parte inconstitucional de la reforma"
¿Cómo se llamó la obra? pic.twitter.com/zys9mUnDPl
Una reforma bajo escrutinio
La discusión sobre la Ley de Amparo es especialmente sensible, pues se trata de un mecanismo fundamental de protección de derechos frente a abusos del poder. Para Zaldívar, la reforma debe garantizar certeza jurídica y apego absoluto a la Constitución, sin abrir la puerta a posibles retroactividades.
“Entendemos la buena intención de los legisladores, pero es necesario clarificar. Ninguna ley puede vulnerar derechos adquiridos ni sancionar actos que antes no eran delito”, concluyó.
#MañaneraPresidenta || Arturo Zaldívar explica las disposiciones legales que no permiten que ninguna ley sea retroactiva. Señaló que el artículo 14 constitucional establece que ninguna ley dará efecto retroactivo de persona alguna. Reitero que la presidenta Claudia Sheinbaum no… pic.twitter.com/VLpXWEOqya
— El Chamuco (@El_Chamuco) October 3, 2025
Únete al canal de WhatsApp y recibe en tu celular lo más importante de México y el mundo con el análisis y la voz de Guillermo Ortega Ruiz.