Médico aplica Kola Loka en ojos de interno en penal de Aguaruto; CEDH señala negligencia
La CEDH de Sinaloa determinó que hubo violaciones a los derechos humanos y negligencia médica dentro del penal
Un caso de negligencia médica ocurrido dentro del Centro Penitenciario de Aguaruto generó indignación social y una recomendación formal de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), luego de que un médico de guardia aplicara por error cianoacrilato —pegamento tipo Kola Loka— en lugar de gotas oftálmicas a un interno, provocándole lesiones graves en ambos ojos.
Grave error médico en el penal de Aguaruto
De acuerdo con el expediente CEDH/VIIIBIS/SP/001/2025, el incidente ocurrió el 5 de enero de 2025, cuando el interno acudió al área médica del penal por presentar ardor e irritación ocular.
El médico le informó que aplicaría gotas oftálmicas, pero por equivocación colocó pegamento tipo Kola Loka en ambos ojos, lo que le impidió abrirlos y le causó dolor intenso.
El hombre fue trasladado al Hospital General de Culiacán, donde no había un especialista en oftalmología, por lo que posteriormente fue llevado al Hospital Civil, donde un médico especialista confirmó la negligencia y ordenó cortar las pestañas para poder retirar el adhesivo.
CEDH Sinaloa emite recomendación por violaciones a derechos humanos
La investigación determinó que existieron violaciones a los derechos humanos a la salud, la legalidad y la seguridad jurídica del interno, atribuibles al personal médico dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa (SSPE).
El presidente de la CEDH, Óscar Loza Ochoa, emitió una recomendación el 29 de agosto de 2025, dirigida al titular de la SSP, Óscar Rentería Schazarino, con cuatro medidas principales:
Iniciar un procedimiento administrativo contra el médico responsable.
Capacitar al personal médico de los centros penitenciarios en materia de derechos humanos y atención médica.
Reparar integralmente el daño a la víctima, conforme a la Ley General de Víctimas.
Difundir la recomendación entre el personal penitenciario como medida de no repetición.
La salud en prisión, un derecho que debe garantizarse
La CEDH subrayó que las personas privadas de la libertad tienen derecho a recibir atención médica digna, profesional y accesible, en igualdad de condiciones que quienes se encuentran en libertad.
“La negligencia médica no puede ser tolerada dentro del sistema penitenciario”, enfatizó el organismo estatal.
El caso ha provocado indignación social en Sinaloa, especialmente en Culiacán, donde colectivos y organizaciones civiles han exigido mayor supervisión en los servicios médicos penitenciarios.
Consecuencias legales y seguimiento del caso
La Secretaría de Seguridad Pública de Sinaloa cuenta con cinco días hábiles para responder si acepta o no la recomendación. Si no lo hace, el silencio será considerado una negativa tácita.
Aunque las recomendaciones de la CEDH no son vinculantes, una vez aceptadas deben cumplirse bajo observación pública y seguimiento institucional.
El Centro Penitenciario de Aguaruto, ubicado al norte de la capital sinaloense, ha sido señalado en años anteriores por deficiencias médicas y falta de protocolos sanitarios, lo que refuerza el llamado a la rendición de cuentas y la transparencia en el sistema penitenciario estatal.
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