Niegan amparo a Luis Cárdenas Palomino, seguirá en el penal del Altiplano
El exmando de la Policía Federal es señalado por tortura contra familiares de Israel Vallarta Cisneros

El magistrado José Miguel López Rodríguez, del Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Primer Circuito, negó a Luis Cárdenas Palomino su solicitud para ser trasladado al Reclusorio Oriente, ubicado en la Ciudad de México. El exdirector de Seguridad Regional de la extinta Policía Federal deberá continuar su sentencia en el penal de máxima seguridad del Altiplano.
Cárdenas Palomino, conocido por su cercanía con Genaro García Luna, exsecretario de Seguridad Pública, actualmente detenido en Estados Unidos por presuntos vínculos con el narcotráfico, buscaba obtener un amparo bajo el argumento de que su proceso penal había sufrido una vulneración al principio de inmediación, pilar del sistema acusatorio mexicano.
Según su defensa, durante una audiencia celebrada el 23 de junio de 2022, en la que se discutía su traslado, las funciones jurisdiccionales fueron ejercidas por una secretaria en funciones de juez y no por un juez titular. Esto, de acuerdo con sus abogados sus abogados, representaba una falta al debido proceso, por lo que la audiencia debía ser repetida conforme a derecho.
Rechazan trasladar a Luis Cárdenas Palomino al Reclusorio Oriente
No obstante, el tribunal negó validez a esa queja. En su resolución, el magistrado López Rodríguez indicó que tanto el video, como el audio y la versión escrita del procedimiento, confirmaban que quien encabezó y resolvió la audiencia fue una secretaria debidamente autorizada por el Consejo de la Judicatura Federal. El fallo también subrayó que no existía ninguna vulneración al principio de inmediación, pues se respetó la representación jurídica correspondiente.
La defensa del exmando policial también argumentó que hubo una interpretación errónea del artículo 50 de la Ley Nacional de Ejecución Penal. A su juicio, dicho artículo aplicaba exclusivamente a personas que ya hubieran sido sentenciadas y no a quienes se encontraban bajo prisión preventiva, como fue el caso de Cárdenas Palomino.
¿De qué se le acusa a Luis Cárdenas Palomino?
Sin embargo, nuevamente el tribunal rechazó este punto. En su análisis, la resolución explicó que si bien el artículo 50 reconoce el derecho de los sentenciados a cumplir su pena en centros cercanos a su lugar de origen, también establece que la prisión preventiva debe ejecutarse en establecimientos especiales. Además, la propia Constitución mexicana contempla que la ejecución de medidas de prisión puede estar sujeta a las condiciones determinadas por leyes secundarias, por lo que no se vulneró ningún derecho al mantener a Cárdenas Palomino en el penal del Altiplano.
Cabe recordar que Luis Cárdenas Palomino enfrenta un proceso penal por su presunta participación en actos de tortura en contra de familiares de Israel Vallarta Cisneros, señalado como líder de la banda de secuestradores conocida como “Los Zodiaco”.